b) La selección de asistentes a determinados cursos de actualización. 1. 1. 8. Artículo 106. Se entiende por sistemas específicos de carrera administrativa aquellos que en razón a la singularidad y especialidad de las funciones que cumplen las entidades en las cuales se aplican, contienen regulaciones específicas para el desarrollo y aplicación de la carrera … WebPropuestas legislativas de la Unión Europea; Trámites Internacionales del Ministerio de Justicia; Cooperación Jurídica Internacional; Participación en Organizaciones Internacionales b) Orden Ministerial 84/2002, de 2 de mayo, por la que se aprueban las normas para la evaluación y clasificación del personal militar y sus Instrucciones de desarrollo. Asimismo, quedan derogadas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este real decreto. Los procedimientos para la tramitación de estos expedientes se regirán por sus normas específicas. El resultado de la nueva evaluación implicará situar a los afectados en el lugar que les corresponda sin variar, respecto a los demás, el resultado de la evaluación original. En este sistema la fase de concurso será la definitiva y con esta ordenación se dará por finalizado el proceso selectivo. 3. WebLa Comisión Nacional del Servicio Civil informa que a partir del 30 de diciembre de 2022 se dará inicio a la etapa de divulgación de los empleos y vacantes ofertados en el Marco de los Procesos de Selección 2435 al 2473 Territorial 9, con la publicación de la Oferta Pública de empleos de Carrera Administrativa convocados por las treinta y nueve (39) … 3. 1. Será previa al proceso de valoración y tiene por finalidad determinar la aptitud o no aptitud de los solicitantes. WebOrientar el diseño e implementación de instrumentos para el ingreso por mérito y evaluación de los servidores que ocupan empleos de Gerencia Pública en la Rama Ejecutiva y en los demás que disponga la Constitución Política o la ley, el reglamento o el Presidente de la República, y crear, administrar y actualizar el Banco de Gerentes Públicos al servicio del … 10. Se modifica el apartado 8 por el art. 7. Con carácter general, en cada escala, se realizarán dos cursos: el primero cuando debe producirse una reorientación o adaptación de la carrera y el segundo antes de alcanzar el máximo empleo o categoría de la escala. Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1 del Real Decreto 176/2014, de 21 de marzo. Los tiempos de servicio para el ascenso a los empleos de las escalas de tropa o de marinería deberán ser continuados y en el mismo ejército. El ascenso a teniente coronel se producirá por el sistema de elección y con las evaluaciones establecidas en este reglamento, siempre que se tengan cumplidos al menos cuatro años de tiempo de servicios en el empleo de comandante y con ocasión de vacante en las plantillas que para este empleo determine el Ministro de Defensa. 2. WebCABILDO INSULAR DE TENERIFE - Anuncio de delegación en relación con la aprobación inicial de los gastos, incluidos en su caso, los plurianuales o futuros, que conlleva la suscripción de la Adenda Cuarta del Convenio de Cooperación suscrito el 8 de agosto de 2018, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el … 1. Las juntas de evaluación en unidades podrán constituirse como órgano de apoyo de las juntas permanentes y eventuales, si éstas lo consideran necesario, para las evaluaciones que tengan por objeto determinar lo dispuesto en el artículo 3, en lo que afecte a militares de complemento y a militares de tropa y marinería. Las actas serán firmadas por el secretario con el visto bueno del presidente y, en su caso, por los vocales que hayan emitido voto particular contrario al acuerdo adoptado, especificando los motivos que lo justifiquen. c) La Junta efectuará la evaluación cuyo resultado será remitido al Consejo Superior correspondiente y, una vez informado, lo elevará al Jefe de Estado Mayor del Ejército respectivo, quien aprobará con carácter definitivo los que deben asistir a los cursos de actualización. 1. Publicada la relación de asistentes a cada curso, se abrirá un plazo de quince días para que los interesados que lo deseen puedan renunciar. 3. Hasta que se aprueben las correspondientes órdenes ministeriales de desarrollo de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, y del presente reglamento, seguirán siendo de aplicación, en lo que no se opongan a este reglamento, las vigentes disposiciones sobre evaluaciones y en concreto: a) Orden Ministerial 74/1993, de 8 de julio, por la que se establece el modelo de informe personal de calificación para el personal militar profesional (IPEC). j) A cabo: el de concurso o concurso-oposición. Ref. WebMéxico es un topónimo de origen mexicano —náhuatl— cuyo significado es discutido. WebLa Universidad de Sonora es una Institución de Educación Superior autónoma y de servicio público fundada en 1942. c) A teniente coronel y a comandante: el de clasificación. En la fase de concurso se valorarán los méritos profesionales y académicos, los informes personales y las aptitudes psicofísicas de los aspirantes. 2. j) Unidad: con este término se hace referencia a una unidad militar, buque, centro, organismo, base, acuartelamiento o establecimiento. Los oficiales que lleven más de cinco años y los del apartado anterior según los vayan cumpliendo podrán optar por firmar un compromiso de larga duración, para lo que deberán ser evaluados previamente, conforme a lo establecido en el artículo 10 de este reglamento, y declarados idóneos. La militar que por su situación de embarazo, parto o posparto no pudiera efectuar las pruebas físicas exigibles en alguna de las fases del proceso selectivo, realizará todas las demás pruebas que se precisen, quedando, en su caso, el ascenso condicionado a la superación de dichas pruebas. c) Se nombrarán suplentes para la presidencia, secretaría y vocalías, de tal forma que se asegure la constitución de las juntas y su adecuada continuidad. WebLa Comisión Nacional del Servicio Civil, una vez enterada de la presunta violación o inobservancia de las normas que regulan la carrera administrativa o de alguna de sus órdenes e instrucciones, dentro de los diez (10) días siguientes, mediante providencia motivada, iniciará la actuación administrativa tendiente a esclarecer los hechos, en … 4. 2. 5. 2. Al personal militar que preste servicios en el Centro Nacional de Inteligencia le será de aplicación lo dispuesto en el presente reglamento, quedando exentos del cumplimiento de los tiempos mínimos de permanencia en determinado tipo de destinos que se establezcan. Las evaluaciones serán efectuadas por una junta de evaluación de carácter eventual que valorará especialmente el empleo, las facultades profesionales y el tiempo de servicios. 1. 31 de Diciembre de 1969. Deriva del vocablo náhuatl Mexihko [35] (AFI: [meːʃiʔkoˀ]), que designaba la capital de los mexicas.De acuerdo con Bernardino de Sahagún (s. XVI) —quien es la fuente documental más antigua—, el vocablo significaría «el lugar de Mexih», de Mexitl donde metl … 5. Las convocatorias de los cursos de actualización para el ascenso y la relación de asistentes se publicarán en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa. 1. Las evaluaciones para el acceso de los militares de tropa y marinería a un compromiso de larga duración se realizarán con el mismo procedimiento y por los órganos de evaluación descritos en el artículo anterior. WebPodrán usar firma electrónica, de conformidad con el reglamento que expida el Consejo Superior de la Judicatura. 1. El ascenso a comandante se producirá por el sistema de clasificación y con las evaluaciones establecidas en este reglamento, siempre que se tengan cumplidos al menos siete años de tiempo de servicios en el empleo de capitán y con ocasión de vacante en las plantillas que para este empleo determine el Ministro de Defensa. 2. i) A cabo primero: el de concurso-oposición. 3. 7. WebReglamento de Victimas Apoyo Direccionamiento Entidades Descentralizada Evaluación de Control Misionales Planeación Estratégica. 2. Los ascensos se producirán entre aquellos militares más capacitados e idóneos para acceder al empleo superior. Quienes accedieron a estas escalas con el empleo de teniente ascenderán a capitán el mismo día del ascenso de quien le preceda en el escalafón, si reúne el resto de condiciones exigidas. BOE-A-2021-12607. 4. 9. Los ascensos a los empleos militares de la categoría de oficiales generales se concederán por real decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Defensa, quien para efectuarla oirá al Jefe de Estado Mayor del Ejército correspondiente. [1] Es decir, son bienes materiales e inmateriales que poseen un valor económico y que, por esto son susceptibles de ser evaluados en … El expediente se iniciará en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de declaración de no aptitud definitiva, transcurrido dicho plazo se iniciará el expediente sin necesidad de orden superior. Las evaluaciones para el ascenso por el sistema de antigüedad tienen por objeto determinar la aptitud o, motivándola, la no aptitud de los evaluados para el ascenso. Por otra parte, el deseable desarrollo unitario de todo lo referente a oficiales, suboficiales y militares de tropa y marinería aconseja incorporar a este reglamento, y en su caso modificar, las normas reglamentarias vigentes derivadas de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de tropa y marinería y en este sentido se regula el acceso de los militares de tropa y marinería a una relación de servicios de carácter permanente adquiriendo también la condición de militar de carrera, según lo establecido en artículo 76.3 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre. El Jefe del Mando o Jefatura de Personal correspondiente podrá ordenar que se constituya una junta única para personal de distintas unidades, en atención al reducido número de militares de complemento o de militares de tropa y marinería existentes o cuando por causas extraordinarias la unidad no pueda constituir la junta conforme a las normas establecidas en el apartado 5. El militar profesional que sea declarado con carácter definitivo no apto para el ascenso no volverá a ser evaluado para el ascenso, permanecerá en su empleo militar hasta su pase a la situación de reserva y tendrá limitada la posibilidad de ocupar determinados destinos, de acuerdo con las normas sobre provisión de destinos en vigor. c) Tener un tiempo mínimo de servicios de catorce años en la fecha límite de presentación de instancias, de los cuales los cinco últimos en el ejército con el que se pretende establecer dicha relación. Se añade el apartado 3 por el art. Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre Defensa y Fuerzas Armadas. Las ediciones electrónicas del BOCYL posteriores al 1 de enero de 2010 que se publiquen en este portal, tienen plena validez jurídica. Las evaluaciones para el ascenso por el sistema de elección tienen por objeto determinar las condiciones de prelación e idoneidad de todos los evaluados en cuanto a las facultades y capacidades profesionales requeridas para el desempeño de los destinos del empleo superior. La organización y el funcionamiento de los municipios se desarrollará con arreglo a los postulados que rigen la función administrativa y regulan la conducta de los servidores públicos, y en especial; con sujeción a los principios de eficacia, eficiencia, publicidad y … Los que causen baja requerirán ser evaluados nuevamente cuando sean convocados para realizar de nuevo el curso y les contabilizará la correspondiente convocatoria, excepto si los motivos de la baja corresponden a los párrafos a) y d) anteriores. 3. Los ascensos a capitán en las escalas técnicas de los cuerpos de ingenieros se producirán al cumplir las personas interesadas en el empleo de teniente los tiempos de permanencia en determinado tipo de destinos que establezca la persona titular del Ministerio de Defensa y 9 años de tiempo de servicios. Los oficiales que tengan suscrito un compromiso de larga duración podrán adquirir la condición de militar de carrera, siéndoles de aplicación lo dispuesto en el capítulo IV de este reglamento, excepto lo indicado en el artículo 35, párrafos b) y c), exigiéndoles para participar en los correspondientes procesos de selección un tiempo de servicio como militar de complemento de 10 años. c) Motivos académicos relacionados con faltas de asistencia o bajo rendimiento escolar en los términos que se fijen en la correspondiente convocatoria. 2. Registro Público de Carrera Administrativa. Todo ello según las habilitaciones a la potestad reglamentaria contenidas en los artículos 12.1 y 13.1 de la Ley 8/2006, de 24 de abril. El Ministro de Defensa determinará las titulaciones específicas militares o del sistema educativo general necesarias para el ascenso a teniente coronel, estableciendo un calendario progresivo de implantación. La realización de los cursos de actualización para el ascenso podrá aplazarse por algunas de las siguientes causas: c) Embarazo, cuando exista prescripción facultativa. WebPágina oficial de la Entidad de formación para el trabajo del Estado colombiano. d) Las juntas de evaluación para el ascenso, cuyo número máximo será de una por empleo y escala. El resto de juntas tendrán carácter eventual y dependerán del Mando o Jefatura de Personal de cada ejército o de la Dirección General de Personal. WebJunta de Comunidades de Castilla-La Mancha ofrece a los ciudadanos una plataforma para recibir de forma telemática las notificaciones emitidas por la JCCM 3. 1. Se modifica el apartado 4 por el art. En los ascensos en la categoría de oficiales generales no se podrá conceder ningún efecto anterior a la fecha de la concesión del empleo militar correspondiente. Esta Ley reserva al desarrollo reglamentario en sus artículos 87.1, 88.3, 90.2, 119.2 y 120.2, la composición, las incompatibilidades y las normas de funcionamiento de los órganos encargados de realizar las evaluaciones, el tiempo de servicios necesario para el ascenso al empleo superior por el sistema de antigüedad, la determinación de los empleos que requieren la superación de un curso de actualización, y el procedimiento de tramitación de los expedientes para determinar la insuficiencia de facultades profesionales y de condiciones psicofísicas. Para el ascenso a cabo mayor se precisará la obtención de la titulación de técnico del sistema educativo general o equivalente y se requerirá ser cabo primero con la condición de militar de carrera. ... IPS Clínica Odontológica: Carrera 50 No. e) Zonas del escalafón: para cada cuerpo y escala, la parte del escalafón de cada empleo militar que contiene a quienes pueden ser evaluados. BOE-A-2021-12607. 6. Tiene por objeto establecer la ordenación de los seleccionados en función de la puntuación obtenida. WebAbraham González 48, Edificio Anexo, Planta Baja, Col. Juárez, Cuauhtémoc, Ciudad de México, CP. f) La junta de evaluación para determinar la idoneidad de quienes tengan suscrito un compromiso de larga duración para acceder a la condición de militar de carrera. Los tenientes que no adquieran la condición de militar de carrera podrán ascender al empleo de capitán de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo y con los tiempos necesarios para el ascenso que figuran el capítulo III del título II del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal militar profesional, aprobado por el Real Decreto 1064/2001, en lo que afecta a los militares de complemento. https://preinscripcion.unsa.edu.ar Para poder registrarte debes tener una cuenta de email válida a la que puedas acceder para seguir los pasos que te va a enviar el sistema para completar tu preinscripción. 2. 2. 1. 5. Estas evaluaciones se realizarán por las juntas de evaluación correspondientes y su resultado será remitido al Consejo Superior respectivo que, tras emitir su propio informe, lo elevará al Jefe de Estado Mayor del Ejército respectivo, quien, teniendo en cuenta, además, su propia valoración, declarará en primer término la aptitud o no aptitud de los evaluados para el ascenso y aprobará el orden de clasificación, que se publicará en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa. CAPÍTULO IV. 4. La concesión de los ascensos por los sistemas de clasificación, concurso o concurso-oposición y antigüedad corresponde al Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente. La composición de las juntas establecidas en los párrafos e) y f) del apartado 2 será la siguiente: a) El presidente pertenecerá a la escala de oficiales de cualquiera de los cuerpos y será más antiguo que los vocales de la junta. La existencia de la causa de abstención dará origen a la revocación de la designación correspondiente o, en caso de evaluación para el ascenso por antigüedad, a la simple ausencia del designado en el momento de la evaluación del militar con el que exista la causa de abstención. Para asistir al curso de actualización para el ascenso a cabo mayor se seleccionará un número limitado de asistentes y el procedimiento correspondiente se regirá por lo dispuesto en el artículo anterior. Finaliza el reglamento con una serie de disposiciones que facilitan el tránsito al régimen jurídico previsto en la nueva norma o que establecen normas reguladoras de situaciones jurídicas diferenciadas, relacionadas fundamentalmente con el régimen de ascensos en las escalas técnicas de oficiales de los cuerpos de ingenieros de los ejércitos y de la escala de oficiales del cuerpo militar de sanidad de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de los componentes de las escalas a extinguir de los cuerpos generales, de infantería de marina y de especialistas y de los militares de complemento de la citada ley. c) Orden Ministerial 85/2002, de 8 de mayo, por la que se establece el Informe Personal de Calificación y la Hoja de Servicios de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería. Cuando se produzca una vacante, se considerará como fecha de ésta la del día en que surta efectos el acto administrativo que la ocasionó. 1. En la valoración de la fase de oposición y, en su caso, del curso de actualización para el ascenso se aplicarán medias ponderadas cuando la oposición o el curso se realicen en varios centros o en un único centro por tandas convocadas en diferentes fechas. Los militares de tropa y marinería a los que se les hubiera concedido aplazamiento del curso, causarán baja en el proceso selectivo sin que se contabilice como una de las tres convocatorias a las que se refiere el artículo 16.8. Las evaluaciones se efectuarán con los criterios de las normas objetivas de valoración que se encuentren vigentes el 1 de mayo de 2009. El reglamento aprobado con esta disposición será de aplicación a los ascensos que se produzcan a partir del 1 de julio de 2009 y en la selección de los asistentes a los cursos de actualización que se realicen a partir de esa fecha así como en las evaluaciones previas practicadas con estas finalidades. No se consume convocatoria si el aspirante comunica su renuncia expresa a participar en ella con anterioridad a la publicación de los resultados del concurso o, tratándose de un concurso-oposición, antes de la publicación de los resultados de la fase de concurso. WebARTÍCULO 4o. Las evaluaciones surtirán efectos durante un ciclo de ascensos, a no ser que sobreviniera alguna circunstancia extraordinaria que obligara a evaluar de nuevo a los posibles afectados por aquella circunstancia. En caso de aprobarse la declaración definitiva de no aptitud para el ascenso, el Jefe de Estado Mayor del Ejército correspondiente ordenará la iniciación de un expediente para determinar si existe insuficiencia de facultades profesionales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12. 3. A partir del pase a la situación de reserva no se producirán ascensos con la salvedad de lo establecido en la disposición adicional octava, apartado 3, de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de régimen de personal de las Fuerzas Armadas y en las disposiciones transitorias sexta y séptima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. 2. El Jefe del Mando o Jefatura de Personal correspondiente designará a los componentes de las juntas unificadas de evaluación de unidades y comunicará su nombramiento a los jefes de las unidades cuyo personal vaya a ser evaluado para su publicación, tal como se ha señalado en el párrafo anterior. 2. El orden en el que se producirán los ascensos y el correspondiente escalafonamiento será el determinado por los resultados del concurso o del concurso-oposición. i) Normas objetivas de valoración: aquellas que contienen la valoración de los destinos, especialidades y títulos, así como de cuantas vicisitudes profesionales reflejadas en el historial militar identifican la trayectoria profesional de los evaluados.