Un representante de las Universidades Privadas. Como tal, sus funciones son: ENTIDAD DE PLANEACION DISTRITAL.- Es la autoridad coordinadora de la Planeación en el Distrito Capital. Un representante de las instituciones de Educación Técnica y Tecnológica. El único requisito exigido para la inscripción es el documento de identidad de los habitantes de la localidad. PARÁGRAFO TERCERO.- Las inscripciones en la localidad de Sumapaz también podrán efectuarse en el momento previo a la realización de los Encuentros Ciudadanos Locales o Zonales. Así mismo el Consejo de Planeación Local presentará la propuesta metodológica para el desarrollo de los siguientes Encuentros Ciudadanos y acordará con los asistentes la agenda a seguir para la realización de los mismos. Los campos requeridos están marcados *. No obstante, se incorpora una etapa del proceso de planeación antes de la posesión del alcalde en donde se deben actualizar los diagnósticos y realizar una planeación estratégica con la respectiva priorización de necesidades, los que se constituyen en insumos fundamentales para la elaboración de los planes de desarrollo. Y lo hacen ante la mirada del Ministerio de Cultura y del MINEM. Por intermedio de la Comisión Primera Permanente del Plan, velar por que el Plan de Desarrollo Distrital sea resultado del proceso de concertación entre los distintos actores del sistema de planeación participativa. El ciudadano común y corriente muy poco participa en los limitados procesos de planeación y mucho menos tiene la posibilidad de incidir en las decisiones sobre el destino de sus impuestos, ya que en general el modelo de planeación vigente es de tipo impositivo, en donde a la comunidad muy poco se le consulta y en muchos casos es objeto de manipulación. WebLEY GENERAL DE COMUNIDADES CAMPESINAS LEY Nº 24656 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.-Declárese de necesidad nacional e interés … Es... ...ROL DE LA MUJER EN LA FAMILIA CAMPESINA WebDecreto Supremo N.° 008-91-TR Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Decreto Supremo N.° 008-91-TR 15 de febrero de 1991 Decreto Supremo que aprueba el … La Constitución Política de 1991 introdujo nuevos elementos de legitimidad social, en los cuales, el paso de representatividad a participación constituye una nueva esencia de planear denominada "Planeación no tradicional con carácter participativo", impregnando en su esencia la vinculación más activa de los ciudadanos en la definición de los asuntos públicos, donde los derechos políticos reconocidos constitucionalmente incorporan un derecho de participación de los ciudadanos en la construcción y orden de la ciudad, cada vez que ello sea posible y lo permitan la naturaleza y la envergadura de las obras y proyectos públicos. ARTÍCULO 18°.- FUNCIONES DE LAS AUTORIDADES EN EL ÁMBITO DISTRITAL: Además de las funciones previstas en las normas vigentes, en lo relacionado con el proceso de planeación las Autoridades de Planeación en el ámbito Distrital tendrán las siguientes: - Convocar, promover y divulgar los encuentros ciudadanos distritales en las etapas previstas durante el proceso de planeación Distrital. En muchos casos, no existen esos canales concretos para que una iniciativa trascienda al campo de la decisión. ARTICULO 59°.- DESIGNACIÓN E INSTALACIÓN DE LOS CONSEJEROS DE PLANEACIÓN LOCAL.- El consejo quedará integrado únicamente por los miembros de las organizaciones que atendieron el llamado de inscripción y fueron elegidos autónomamente de conformidad con sus Estatutos. g) Precisa el proceso de concertación, los momentos del mismo y el papel de cada uno de los actores comprometidos, superando el conflicto entre algunas instancias y autoridades. CONSIDERANDO: … WebLEYES COMUNIDADES CAMPESINAS LEY Nº 24656 - LEY GENERAL DE COMUNIDADES CAMPESINAS Artículo 1.- Declárese de necesidad nacional e interés … Un representante de las Empresas de Bienes y Servicios, Un representante de los Microempresarios, Pymes y Artesanos, Un representante de las Entidades Financieras y Aseguradoras, Un representante de los Comerciantes Informales y Trabajadores Independientes, Un representante de las Empresas de producción agraria, Un representante de los Consumidores urbanos, Un representante de las O.N.G. ARTÍCULO 79°.- RENDICIÓN DE CUENTAS: Dentro de la vigencia del Plan de Desarrollo Local se realizará un Encuentro Ciudadano anual de rendición de cuentas, en el mes de febrero. En los meses de febrero, marzo y abril se deben realizar los encuentros ciudadanos zonales o por UPZ con el propósito de identificar los principales problemas y alternativas de solución en su territorio y conformar las comisiones de trabajo zonales para elaborar con el apoyo de las UEL, los respectivos proyectos de inversión. Un ultimo Encuentro Ciudadano Local antes de finalizar el mes de Abril. ARTÍCULO 11°.- COMPOSICIÓN DEL CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN: El Consejo Territorial de Planeación estará integrado por un mínimo de 45 miembros designados por el Alcalde Mayor de las ternas que presenten las siguientes instituciones, autoridades, instancias y organizaciones sociales, así: ARTÍCULO 12°.- SECRETARÍA TÉCNICA DEL CTP: Actuará como Secretaría Técnica del Consejo Territorial de Planeación la Entidad de Planeación Distrital. Las decisiones que acompañen la planeación deberán ser tomadas con prontitud y en los tiempos establecidos en el presente acuerdo, para lograr óptimos niveles de efectividad en la aplicación de los recursos públicos. Un representante de las Madres Comunitarias. ARTÍCULO 39°.- Las decisiones de los Encuentros Ciudadanos Distritales quedarán consignadas en actas públicas que serán firmadas por el Alcalde Mayor, las instancias de planeación y los organismos de control que se encuentren en el respectivo Encuentro. De lo contrario, cuando los beneficios se acaben y la empresa se haya ido, solo les quedara un territorio inutilizable. La consolidación de la información del diagnostico se debe realizar en los meses de noviembre y diciembre y debe darse a conocer a la ciudadanía en general, a la entidades de planeación Distrital y al Concejo Distrital. WebLey General de Comunidades Campesinas LEY Nº 24656 (*) De conformidad con el Artículo Primero de la Ley Nº 25891, publicada el 09-12-92, se transfiere las funciones y … Por … WebLas tierras de las Comunidades Campesinas son las que seriala la Ley de Deslinde y Titutacion y son inembargables e imprescriptibles. Artículo 1.- Apruébase el Reglamento que norma … En el último encuentro Distrital, la ciudadanía debe opinar y priorizar el porcentaje de inversión que sea susceptible de someter a consulta de la ciudadanía. La Ley General de Comunidades Campesinas (24656) establece, en su primera disposición transitoria, que “las comunidades campesinas elaborarán si … Mediante la presente Ley General de Comunidades Campesinas (N° 24656), el Estado busca garantizar el desarrollo integral de las Comunidades … Informar sobre los criterios de priorización de los sectores y alternativas de solución. ARTÍCULO 80°.- INDICADORES DE GESTIÓN Y RESULTADO: Los actores del Sistema Local de Planeación Participativa implementarán los indicadores de gestión y resultado pertinentes para el seguimiento y evaluación de la ejecución del plan. La sociedad civil, sobre todo a nivel local, tiene varias responsabilidades en el marco de una democracia participativa. Hay limitaciones legales que no permiten avanzar como se quisiera en la elaboración de los planes de desarrollo y del presupuesto, ya que por ejemplo el proyecto de plan que presenta el alcalde esta sujeto al programa que inscribió como candidato. Prestar todo el apoyo requerido para el proceso de planeación estratégica y Participativa Distrital y Local. Los Momentos Puntuales son: Adopción y Aprobación del Plan de Desarrollo. Un representante de las Etnias Afrobogotanas. Por otro  lado, si las  comunidades venden sus tierras a las mineras, invisibilizan los impactos ambientales y la contaminación que estos proyectos generan. WebLey General de Comunidades Campesinas LEY Nº 24656 (*) De conformidad con el Artículo Primero de la Ley Nº 25891, publicada el 09-12-92, se transfiere las funciones y actividades comprendidas en la presente Ley a las Direcciones Regionales Agrarias y a la Unidad Agraria Departamental Lima - Callao. Proporcionar las condiciones necesarias para el funcionamiento adecuado del Consejo de Planeación Local, las Comisiones de Trabajo y los Encuentros Ciudadanos. Discursos y decretos que matan: terruqueo y Estados de Emergencia. PARÁGRAFO SEGUNDO.- El Consejo Territorial de Planeación presidirá y organizará el encuentro. Pero para qué los mecanismos?. Allí se anunció el objetivo de lograr la expropiación de la tierra para evitar la colonización agrícola y la deforestación, y convertir esa tierra recuperada en reserva, en la que los siringueros e indígenas siguieran … Hacer seguimiento y solicitar informes periódicos al Alcalde Local sobre la ejecución del Plan de Desarrollo Local. Δdocument.getElementById( "ak_js_1" ).setAttribute( "value", ( new Date() ).getTime() ); We are professional and reliable provider since we offer customers the most powerful and beautiful themes. LEY Nº 24656 (*) De conformidad con el Artículo Primero de la Ley Nº 25891, publicada el 09- 12 -92, se transfiere las funciones y … Es necesario recordar que la compra- venta de tierras de comunidades campesinas debe realizarse de acuerdo con lo establecido por el artículo 7 de la Ley 24656 (Ley General de Comunidades Campesinas), que establece que solo es posible con la aprobación de 2/3 de los comuneros calificados de la asamblea. Country: Peru: Subject(s): Agriculture workers: Type of legislation: Law, Act: Adopted on: 1987-04 ... que declara de … Legitimidad. WebHa dado el Decreto-Ley siguiente: LEY DE COMUNIDADES NATIVAS Y DE DESARROLLO AGRARIO DE LAS REGIONES DE SELVA Y CEJAS DE SELVA … Regístrate para leer el documento completo. Fijar las funciones de la Secretaría Técnica del Consejo de Planeación Local. Declárese de necesidad nacional e interés social y cultural el desarrollo integral de las Comunidades Campesinas. WebAPRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE COMUNIDADES CAMPESINAS DECRETO SUPREMO Nº 008-91-TR. Este debe basarse en el diagnóstico, Plan Estratégico y las conclusiones de los encuentros ciudadanos realizados en septiembre y octubre. PARÁGRAFO.- La presentación de la información disponible para cada UPZ o zona rural a cargo de los Consejos de Planeación Local, contará con el apoyo de la Entidad de Planeación del Distrito. Promover la incorporación de la dimensión del desarrollo integral de Barrio, UPZ, Localidad y Ciudad, a partir de la elaboración participativa de sus diagnósticos, políticas, planes, programas y proyectos, generando una adecuada articulación entre los procesos de planeación, facilitando la transparencia en el proceso de formulación, ejecución, vigilancia y control social de los Planes de Desarrollo. Así mismo el Consejo de Gobierno Local prestará asesoría técnica a los Consejeros de Planeación. ARTÍCULO 89°.- APOYO DISTRITAL AL DESARROLLO DEL PROCESO: Durante el último año de gobierno el Alcalde Mayor preverá el apoyo necesario para desarrollar debidamente las actividades relacionadas con la conformación, capacitación y funcionamiento de los Consejos de Planeación Local, así como las acciones necesarias para la convocatoria y realización de los Encuentros Ciudadanos. ARTÍCULO 48°.- RENDICIÓN DE CUENTAS: El Alcalde Mayor realizará, cada año, por lo menos un Encuentro Ciudadano de rendición de cuentas. oficina de Planeación Local o quien haga sus veces, con el apoyo del Consejo Local de Gobierno, recolectará y actualizará la información pertinente a la elaboración del diagnóstico del ámbito Local, entre los meses de noviembre y diciembre. ARTÍCULO 67°.- ULTIMO ENCUENTRO CIUDADANO ZONAL POR UPZ O ZONA RURAL: Este Encuentro reúne nuevamente a la comunidad que participó en el primer Encuentro Ciudadano Zonal, con el propósito de identificar y jerarquizar las principales opciones de solución a los problemas identificados. Por otra parte, se establece en el proceso de planeación Distrital que el Alcalde Mayor debe enviar al Consejo Territorial de Planeación y al Concejo Distrital el anteproyecto de presupuesto y los anteproyectos de presupuesto de las entidades con el objeto de que el Consejo Territorial emita un concepto sobre el mismo, lo anterior con el fin de que haya mayor tiempo para el estudio del presupuesto de la ciudad, pues actualmente el Concejo de Bogotá escasamente cuenta con 40 días para su discusión y aprobación y para la sociedad a través de sus representantes en el Consejo Territorial de Planeación se pronuncien sobre la distribución del presupuesto y su relación con el Plan de Desarrollo aprobado. Puede agregar este documento a su colección de estudio (s), Puede agregar este documento a su lista guardada. En la medida que el ciudadano común, de manera organizada, ejerce la labor de veedor de la gestión de sus representantes está legitimando su voto y el derecho al mismo. Un Representante de las organizaciones no gubernamentales. Toda modificación que pretenda introducir la JAL debe contar con la aceptación previa y por escrito del Alcalde Local. Integralidad. WebModifícase el artículo 19 de la Ley 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 19. WebProrrógase excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia de las directivas y comités de las comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas … Un representante de la Población con limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales. ARTÍCULO 73°.- AJUSTES A LA PROPUESTA TÉCNICA DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL: Durante el mes de julio, el Alcalde Local con el apoyo de la oficina de planeación local o quien haga sus veces, ajustará la propuesta del Plan de Desarrollo Local, atendiendo las observaciones realizadas por el Consejo de Planeación Local. Este texto está … INTEGRANTES DEL SISTEMA DISTRITAL DE PLANEACIÓN PARTICIPATIVA. Las acciones previstas deberán propender preferiblemente por alternativas que apunten a resolver problemas de poblaciones focalizadas y que generen mayor impacto. Posteriormente el proyecto de Plan de Desarrollo pasa al Consejo Territorial de Planeación para que emita su concepto y sugiera las recomendaciones que considere, a la vez que debe verificar la correspondencia entre el proyecto, los resultados de los encuentros ciudadanos y los diagnósticos. Un representante del Consejo Distrital de Juventud. Los procesos de planeación, tanto el Distrital como Local, contemplan 5 momentos: el de formación pedagógica (proceso continuo) y de diagnóstico, la instalación de los consejos de planeación, la realización de los encuentros ciudadanos, la estructuración del plan de desarrollo, la aprobación, adopción, ejecución y seguimiento del plan de desarrollo. La instalación se debe realizar en el mes de julio. PARÁGRAFO.- El Alcalde Local deberá dar respuesta por escrito al Consejo de Planeación Local acerca de las observaciones que no fueron incorporadas antes de presentar el proyecto definitivo a consideración de la Junta Administradora Local. En éste el Alcalde Local y el Consejo de Planeación Local presentarán los resultados del ejercicio adelantado por el Consejo de Planeación Ampliado, a partir de los cuales los participantes discutirán y concertaran en torno a: PARÁGRAFO.- La guía de opciones de solución contendrá la lista de iniciativas que la comunidad identificó, para resolver los principales problemas, de los cuales se formularán los proyectos de inversión a ser tenidos en cuenta para ser ejecutados en el respectivo período de gobierno. Además, cuando la ejecución de un proyecto extractivo implica el desplazamiento de los comuneros de sus tierras, no solo basta la consulta, sino que se exige el consentimiento de la comunidad, sin el cual no se puede realizar proyecto extractivo. WebLey general núm. PARÁGRAFO SEGUNDO. permanente actualización. ¿Le conviene a una comunidad campesina vender sus tierras a las empresas mineras. ARTÍCULO 3°.- PRINCIPIOS: Además de los principios generales establecidos en las normas vigentes sobre la materia, rigen en el Sistema Distrital de Planeación Participativa los siguientes: ARTÍCULO 4°.- OBJETIVOS: Son objetivos del Sistema Distrital de Planeación Participativa los siguientes: ARTÍCULO 5°.- COORDINADOR DEL SISTEMA DISTRITAL DE PLANEACIÓN PARTICIPATIVA: El coordinador del Sistema Distrital de Planeación Participativa es la Entidad de Planeación del Distrito, bajo las orientaciones del Alcalde Mayor. La proyección de los recursos financieros. peruanos, Castro Pozo sostuvo que las comunidades campesinas PARÁGRAFO.- El Alcalde Mayor tendrá la responsabilidad de generar los mecanismos necesarios para esta Formación pedagógica a la ciudadanía, en coordinación con las entidades del orden Distrital y Local. PARÁGRAFO UNO: En el evento en que el número de integrantes del CTP sea impar, la cantidad a ser renovada se aproximará al número entero siguiente. ARTÍCULO 76°.- FORMULACIÓN DE PROYECTOS: Las opciones de solución costeadas de manera indicativa incluidas en la guía que hace parte del Plan de Inversiones del Plan de Desarrollo Local, constituyen el marco y principal insumo para la formulación de los proyectos a registrar en el Banco de Programas y Proyectos Local, como paso previo para su incorporación en el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de cada vigencia. Por ello cualquier esfuerzo encaminado hacia el logro de este objetivo es importante que provenga de instancias gubernamentales, políticas, económicas o ciudadanas. Otra visión del pasado nacional ha incluido una concepción, sistemáticamente presente, del "Estado ausente" en el siglo pasado. PARAGRAFO DOS: El período de los Consejeros de Planeación Local será equivalente al término del período constitucional de Alcalde Mayor. Así mismo, se determinan las autoridades e instancias de planeación tanto en el ámbito Distrital como Local, estableciendo con claridad sus funciones y la composición de los Consejos de Planeación tanto a nivel Distrital como Local; se amplían y precisan los sectores que hacen parte del Consejo Territorial de Planeación, dando como resultado un numero de 45 miembros. Superar las debilidades de los Acuerdos que rigen la formulación de los Planes de Desarrollo Distrital y Local; promoviendo que las decisiones que se tomen, entre la Comunidad, Autoridades y Administración sean fruto de un proceso de concertación estructurada y acorde con las necesidades locales y distritales. Adoptar la metodología que se empleará para el desarrollo adecuado de los Encuentros Ciudadanos. Propender porque las decisiones tomadas en los diferentes ciclos de construcción de los Planes de Desarrollo Distrital y Locales se basen y fundamenten en la concertación de los actores del proceso. Una vez posesionado, el Alcalde Mayor difundirá esta información entre los miembros del Consejo de Gobierno Distrital, para que sea analizada y permita estudiar la pertinencia y oportunidad de su incorporación en el Plan de Desarrollo Distrital. de vecinos de unidades residenciales. ¡Es muy importante para nosotros! Al haber asegurado la participación de la población local a partir de los encuentros ciudadanos nacidos del Acuerdo 13 de 2000, se crea la primera acción de definir las necesidades y modernizar el proceso en la toma de decisiones sobre el rumbo de la localidad, en espera de madurar el proceso para llevarlo a definir la ciudad. Web28 de Junio de 2021 El derecho a la seguridad no es absoluto ni ilimitado en el tiempo 21 de Junio de 2021 Estos son los criterios guía para determinar si un hecho victimizante fue en el marco del conflicto armado 15 de Junio de 2021 30 de Diciembre de 2022 Corte ordenó reintegró de trabajador despedido por sufrir accidente de trabajo This content is exclusively provided by FAO / FAOLEX / ECOLEX. WebN° 4179. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, Decreta: La siguiente. Un representante de las Universidades Públicas. Los objetivos, las estrategias, los programas, las políticas y las metas específicas que deben guardar concordancia entre los Planes Distrital y Locales. 24656 de comunidades campesinas. En el primer año de mandato, el Alcalde Local debe elaborar el primer borrador del Plan de Desarrollo y presentarlo al primer encuentro ciudadano local que se debe realizar en el mes de febrero del primer año de gobierno del Alcalde Mayor. Generar una adecuada articulación entre los procesos de planeación. LEY GENERAL DE COMUNIDADES CAMPESINAS. PARÁGRAFO PRIMERO.- La inscripción es válida para participar en los Encuentros Ciudadanos locales. f) Precisa el contenido del Plan de Desarrollo, en concordancia con lo establecido en la Ley 152 de 1994. ARTÍCULO 60°.- CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN LOS ENCUENTROS CIUDADANOS LOCALES Y ZONALES ¿ El Alcalde Local en coordinación con el Consejo de Planeación Local y la Junta Administradora Local deberán realizar, como mínimo con un mes de anticipación a la realización de cada Encuentro Ciudadano amplias convocatorias, utilizando los medios de comunicación más idóneos para tal fin. En los últimos años, la presencia de las ONG a nivel mundial ha ido creciendo de manera extraordinaria, del mismo modo ha ido incrementando sus actividades y campos de acción; estableciendo como objetivos principales de desarrollo: El erradicar la pobreza extrema, el hambre y la mortalidad infantil, fomentar una asociación mundial para el desarrollo, garantizar la... ...Las comunidades campesinas y su papel El Código Civil de 1984. 2.1. Consolidar y presentar los resultados de trabajo en el último encuentro ciudadano. ARTÍCULO 16°.- COMISIONES DE TRABAJO: Las Comisiones de Trabajo son la instancia operativa de apoyo a los Encuentros Ciudadanos en el ámbito zonal que analizan, proponen y cuantifican de manera indicativa opciones de solución a los problemas identificados. Un Representante de las organizaciones de Comerciantes. Su dirección de correo no se hará público. Priorización de la distribución porcentual de recursos por objetivo y/o sector. PARÁGRAFO SEGUNDO.- Los informes deberán ser remitidos a la Junta Administradora Local y al Consejo de Planeación Local con 8 días de anticipación al Encuentro de Rendición de Cuentas. Rendir cuentas mínimo dos veces al año sobre el control político a la ejecución del Plan de Desarrollo Local y sobre su gestión. Los presupuestos plurianuales de los principales proyectos prioritarios y la determinación de los recursos financieros que garanticen su ejecución. Ley General de Comunidades … Estos no se ven, pero aparecerán apenas el proyecto comience, porque el derecho legítimo de las comunidades a beneficiarse no es incompatible con la protección del medio ambiente, y con la protección de sus acuíferos. Esto ocasiona que el número de expedientes rechazados se incremente. ARTÍCULO 35°.- INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES AL CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN: La inscripción de los aspirantes al Consejo Territorial de Planeación se realizará durante el mes de enero del primer año de gobierno del Alcalde Mayor. PARÁGRAFO TERCERO.- ÚLTIMO ENCUENTRO CIUDADANO DISTRITAL: Durante el mes de Abril del primer año de gobierno del Alcalde Mayor se realizará el último Encuentro Ciudadano Distrital para que la ciudadanía opine y priorice el porcentaje de la inversión que sea susceptible de someter a consulta ciudadana. Los anteproyectos de las diversas entidades y el anteproyecto de presupuesto serán enviados al Consejo Territorial de Planeación y al Concejo Distrital, antes de ser enviados al CONFIS Distrital. ARTÍCULO 13°.- CONSEJO DE PLANEACIÓN LOCAL: Es la instancia local de carácter consultivo que se constituye en el foro para la discusión sobre la elaboración, formulación, ejecución, seguimiento y control del Plan de Desarrollo Local. Un Representante del Consejo Local de Juventud. y la guía de que trata el literal e) del presente Artículo, serán los principales insumos del contenido del Plan de Desarrollo Local y el marco para la definición de proyectos a incluir en la programación anual de los anteproyectos de presupuestos. Participar en los Encuentros Ciudadanos y contribuir al desarrollo de procesos de concertación transparentes con la comunidad. Desde la perspectiva Política, su contenido, estructura y sentido responden a un proceso abiertamente participativo, poco usual a nuestras costumbres políticas, lo que permite legitimar mucho más su adopción y fortalecer la cultura democrática. ARTÍCULO 44°.- DISCUSIÓN PARTICIPATIVA: El Concejo Distrital deberá realizar foros de discusión con la presencia de delegados de los Encuentros Ciudadanos Distritales y Locales, y el Consejo Territorial de Planeación. La presente ley tiene por objeto establecer una prórroga excepcional a la vigencia de las directivas y comités de las comunidades …