PODER PÚBLICO - RAMA LEGISLATIVA . A falta de acuerdo, el/la servidor/a civil o trabajador/a decide dentro de las opciones propuestas por la entidad pública o el/la empleador/a. De manera excepcional, se considera a las personas con discapacidad a quienes se les haya nombrado curador/a. Así, anotó que el envío, recepción y conservación de documentos laborales, se podrá hacer con medios digitales. El presente Decreto Legislativo se mantiene vigente en tanto dure la Emergencia Sanitaria, salvo el artículo 10 que tiene vigencia permanente. En el caso de la ejecución de obras públicas por administración directa, las entidades públicas otorgan una licencia con goce de haber a los/as trabajadores/as obreros/as que desarrollan labores de construcción civil, indistintamente de su régimen laboral. Hasta la emisión del Decreto Legislativo 1499, las funciones de la inspección del trabajo en el Perú eran principalmente dos: por un lado, tenía la función de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas sociolaborales; y, por el otro, la función de orientación y asistencia técnica.En ese contexto, el Decreto Legislativo 1499 no solo ha … – Para la emisión, remisión y conservación de documentos en materia laboral pueden hacer uso de tecnologías de la digitalización, información y comunicación para la sustitución de documentos físicos y firmas ológrafas. – Esta modificación legal tiene vigencia permanente a partir del día siguiente de emitidas sus normas reglamentarias. 12.2 El Plan de recuperación es implementado por la Autoridad Inspectiva de Trabajo a solicitud del/de la empleador/a y con acuerdo del/de la trabajador/a, en el marco de las acciones previas al inicio de las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias a que se refiere el artículo 10-A de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, siempre que el/la empleador/a cumpla con las siguientes condiciones: a) No haber incurrido en incumplimiento de lo establecido en el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, y demás normas aclaratorias y ampliatorias; y. b) No haber aplicado la suspensión perfecta de labores prevista en el Decreto de Urgencia N° 038-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los/as trabajadores/as y empleadores/as ante el COVID-19 y otras medidas, respecto de los/as trabajadores/as cuyas obligaciones sociolaborales se mantiene impagas. – El incumplimiento de los acuerdos adoptados en el Acta de Conciliación por parte del empleador en la forma y plazos establecidos se sanciona con multa administrativa a cargo de la Autoridad Inspectiva de Trabajo. d) Conducción y ejecución de acciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. 12.5 Con la suscripción del Plan de recuperación la Autoridad Inspectiva de Trabajo se inhibe de iniciar las acciones de fiscalización y sanción relacionadas con las obligaciones sociolaborales comprendidas en el referido documento, debiendo realizar el seguimiento de su cumplimiento hasta la culminación del plazo correspondiente. 8.2 Culminada la Emergencia Sanitaria, el/la empleador/a tiene la obligación de realizar las auditorías señaladas en el numeral anterior dentro de los noventa días calendario siguientes al término de la misma, debiendo presentar el informe de auditoría a las autoridades competentes en un plazo máximo de quince días calendario de la emisión del referido informe, cuando corresponda. – Corresponde a la Inspección del Trabajo el ejercicio de la función de inspección y de aquellas otras competencias que le encomiende el Ordenamiento Jurídico Sociolaboral, cuyo ejercicio no podrá limitar el efectivo cumplimiento de la función de inspección, ni perjudicar la autoridad e imparcialidad de los inspectores del trabajo. e) Resolución de procedimientos administrativos. – El contrato de trabajo para la prestación de servicios de los trabajadores del hogar se celebra por escrito. También se adjunta la declaración jurada en la que declara ser el/la único/a a cargo del cuidado y sostén familiar directo no hospitalizado que cuenta con diagnóstico de COVID-19, la cual está sujeta a fiscalización posterior. Artículo 13.- Medidas excepcionales para el pago de multas administrativas. "En actos vinculados a la actividad sindical tales como modificación de estatutos, elección de representantes y la constitución de organizaciones, se podrá usar mensajería instantánea, correos electrónicos, grabación de audio y videos", declaró a la. c) Publicidad, consistente en la difusión oportuna de los resultados de las actividades, acciones preliminares, orientaciones, actuaciones, asesoramiento técnico y fiscalizaciones realizadas, mediante los mecanismos de comunicación que la Autoridad Inspectiva de Trabajo considere pertinentes.”. A tal efecto, las organizaciones sindicales y empleadores comunican a la otra parte la dirección electrónica correspondiente. La Autoridad Central del Sistema de Inspección participa y opina con ocasión la modificación o elaboración de las normas sustantivas cuya vigilancia tiene encomendada.”, “Artículo 33.- Infracciones en materia de relaciones laborales, Son infracciones administrativas en materia de relaciones laborales los incumplimientos de las disposiciones legales y convencionales de trabajo, individuales y colectivas, colocación, fomento del empleo y modalidades formativas mediante acción u omisión de los distintos sujetos responsables, así como el incumplimiento de los acuerdos totales o parciales adoptados en el Acta de Conciliación Administrativa.”. Los beneficios obtenidos por los/as servidores/as civiles y trabajadores/as sobre facilidades laborales en caso de tener un familiar enfermo o en riesgo de contraer alguna enfermedad, por decisión unilateral o por convenio colectivo, con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables a lo dispuesto por éste. "Se establece que el incumplimiento de los acuerdos adoptados en el Acta de Conciliación Administrativa constituye infracciones en materia laboral", explicó. “Artículo 10-A.- Acciones previas al inicio de las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias. Por cuanto. – La edad mínima para realizar trabajo del hogar conforme a lo establecido en la presente Ley es de dieciocho (18) años. En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011, el artículo 33 del Decreto 109 de 2021, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009, "La atención de la salud y el saneamiento ambiental son … ? – Para la realización de actos propios de la actividad sindical, tales como la constitución de organizaciones sindicales, la elección de delegados, la modificación de estatutos y la designación y cambio de los integrantes de la junta directiva, entre otros, los trabajadores se encuentran facultados a emplear las tecnologías de información y comunicación, tales como grabación de audio y video, correo electrónico, aplicaciones de mensajería instantánea, entre otros. En este decreto legislativo se establecen diversas medidas con el fin de garantizar y fiscalizar los derechos de los/as servidores … f) Promoción del diálogo y la concertación con las organizaciones representativas. Decreto Legislativo 1499. Acciones Previas son actividades o diligencias presenciales y/o virtuales que, según el caso, pueden realizarse antes del inicio de las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias, a fin de vigilar el cumplimiento de la normativa sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo, mediante la verificación o constatación de hechos y/o documentos, conciliación administrativa, entre otras conductas. En un plazo máximo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto Legislativo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo efectúa las modificaciones correspondientes al Reglamento de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2006-TR, y emite las normas complementarias que regulen la conciliación administrativa establecida en la Tercera Disposición Complementaria Modificatoria de la presente norma, en un plazo no mayor a cuarenta y cinco días hábiles de publicada la presente norma. Para el ejercicio de las facilidades laborales se requiere que el/la servidora civil sea el único a cargo del cuidado y sostén del familiar directo. – El acta de conciliación consta por escrito, es refrendada por el personal que realiza la función de conciliación en el Sistema de Inspección del Trabajo y constituye título ejecutivo. stream
Cualquier otra facilidad laboral que resulte pertinente, atendiendo a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad y considerando los enfoques de género, interculturalidad, interseccionalidad y derechos humanos. g) Prestación de servicios en materia de promoción del empleo y capacitación laboral. Declaración jurada en la que se declara ser el/la único/a a cargo del cuidado y sostén del familiar directo, la cual está sujeta a fiscalización posterior. 8.1 La obligatoriedad de las auditorías al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo prevista en el artículo 43 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR, y demás normas sectoriales, queda suspendida durante la Emergencia Sanitaria para todos los sectores económicos. Deróganse el último párrafo del artículo 11 y el literal b) del artículo 6 de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo. – Las capacitaciones presenciales se aplican únicamente en los siguientes supuestos durante la Emergencia Sanitaria: a) Al momento de la contratación cualquiera sea la modalidad o duración; y, b) Cuando se produzca cambios en la función, puesto de trabajo o en la tipología de la tarea o actividad a realizar por el/la trabajador/a. El presente Decreto Legislativo se mantiene vigente en tanto dure la Emergencia Sanitaria, salvo el aspecto referido al uso de medios electrónicos y tecnológicos en la fiscalización laboral. – El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprueba, publica y difunde un modelo referencial de contrato de trabajo del hogar con la información mínima que debe contener. A efectos del examen médico ocupacional de retiro, se aplica lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias. En caso haya aceptación expresa del/de la trabajador/a al momento de celebrar el contrato de apertura de cuenta ante la entidad financiera, ésta puede compensar o hacer cobro de deudas contra la cuenta que pudiera tener el/la trabajador/a en dicha entidad. ACEPTAR, Texto Original (Diario Oficial El Peruano), Facilidades para la emisión, remisión y conservación de documentos en materia laboral, Facilidades para la realización de la actividad sindical, Comunicaciones entre trabajadores y empleadores, Medidas temporales en relación con los exámenes médicos ocupacionales, Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. Las capacitaciones señaladas en el numeral anterior se ejecutan adoptándose las medidas preventivas de bioseguridad, referidas al distanciamiento social, la utilización de equipos de protección personal y cualquier otra medida dispuesta por la autoridad competente. e) Cualquier otra facilidad laboral que resulte pertinente, atendiendo a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad y considerando los enfoques de género, interculturalidad, interseccionalidad y derechos humanos. Todos los derechos reservados, Oficina General de Administración y Finanzas. Asimismo, se considera a las niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores, sujetas a tutela, curatela o que cuenten con apoyos designados, según corresponda. Aplica a los/as servidores/as civiles que trabajan de manera presencial o remota durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, no a los que se encuentran gozando de licencia con goce de haber o vacaciones, u otro tipo de suspensión del contrato de trabajo. Los/as trabajadores/as del hogar tienen derecho a la protección contra la violencia y el acoso en todos los aspectos del empleo y la ocupación, particularmente contra el hostigamiento sexual.”, Tercera.- Modificación de diversos artículos de la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo. El Estado de Emergencia Nacional es prorrogado hasta el 24 de mayo de 2020, en atención a los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM y norma modificatoria; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, y mediante Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Dictan medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana, se establecen medidas extraordinarias que permiten adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el COVID-19 en el territorio nacional; Que, la propagación del COVID-19 viene afectando las perspectivas de crecimiento de la economía global, y en particular, la economía peruana, ante el riesgo de su alta propagación en el territorio nacional; en especial, los factores que conllevarían a la afectación de la actividad económica son los menores precios de las materias primas, la volatilidad de los mercados financieros, la disminución del comercio internacional y el menor dinamismo de algunas actividades claves en la economía local; razón por la cual, de continuar la expansión del COVID-19, podría afectar los sectores vinculados con el comercio, turismo, transporte aéreo y terrestre, entre otros; Que, habiéndose detectado casos confirmados de la enfermedad causada por el COVID-19 en el territorio nacional y existiendo el riesgo de su alta propagación, resulta necesario establecer medidas que permitan garantizar y fiscalizar la protección de los derechos sociolaborales de los/as trabajadores/as; Que, en dicho contexto, se requiere establecer medidas concretas que faciliten las comunicaciones y gestiones propias de las relaciones individuales y colectivas de trabajo; medidas en materia de seguridad y salud en el trabajo; medidas en materia de inspección del trabajo; así como facilidades laborales para la atención de familiares con diagnóstico de COVID-19 o que se encuentran en el grupo de riesgo ante un posible contagio de COVID-19; Que, asimismo es necesario modificar diversas normas de la Ley N° 27986, Ley de los Trabajadores del Hogar, para promover su formalización y facilitar la implementación de mecanismos para garantizar la protección y fiscalización de sus derechos sociolaborales, en el marco de la emergencia sanitaria anteriormente citada en virtud del estado de vulnerabilidad y situación de informalidad en la que se encuentran; De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú, y en el numeral 5 del artículo 2 de la Ley Nº 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECE DIVERSAS MEDIDAS PARA GARANTIZAR Y FISCALIZAR LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS SOCIO LABORALES DE LOS/AS TRABAJADORES/AS EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL COVID - 19. – Los abonos realizados por dichos conceptos en la cuenta del trabajador son de su íntegra disponibilidad, salvo mandato judicial. 6.3 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprueba, publica y difunde un formato referencial de boleta de pago con la información mínima que debe contener.”, Segunda.- Incorporación del artículo 2-A y 16-A a la Ley N° 27986, Ley de los Trabajadores del Hogar. Cuarta.- Financiamiento de las funciones bajo responsabilidad de los gobiernos regionales. decreto legislativo nº 1499 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: Que, de conformidad con el numeral 5 del artículo 2 de la Ley Nº 31011, Ley que delega en el Poder … Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. – La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral dispone las acciones necesarias a efectos de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral anterior y sancionar su incumplimiento de conformidad con la normativa vigente en la materia. Covid-19: conoce en qué locales de Lima y Callao están vacunando, ¡Evita la multa de S/ 2,300! El otorgamiento de las facilidades laborales no implica, en ningún caso, la reducción de la remuneración y de los beneficios sociales que perciben los/as servidores civiles o trabajadores/as. Se considera como parte de las acciones previas al inicio de las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias, la aplicación del módulo de gestión de cumplimiento; así como la conciliación administrativa a cargo del personal que integra el Sistema de Inspección del Trabajo.”, Cualquiera que sea la modalidad con que se inicien, las actuaciones inspectivas pueden proseguirse o completarse sobre el mismo sujeto inspeccionado con la práctica de otra u otras formas de actuación de las definidas en el apartado anterior, pueden éstas ser efectuadas de manera presencial y/o a través de sistemas de comunicación electrónica, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación (virtual), según les resulte aplicable.”, “Artículo 13.- Trámites de las actuaciones inspectivas, En cumplimiento de las órdenes de inspección recibidas, los inspectores designados realizarán las actuaciones de investigación o comprobación necesarias, iniciándolas en alguna de las formas señaladas en el artículo 12 de la presente Ley. Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva … La oportunidad de la compensación es acordada entre la entidad pública o el/la empleador/a y el/ la servidor/a civil o trabajador/a. 4.2 Lo señalado en el numeral anterior es aplicable a los/as delegados/as a que se refiere el artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2003-TR, y demás representantes de los/as trabajadores/as, según corresponda. – Prohíbase todo acto de discriminación contra las personas trabajadoras del hogar. 3.4 En caso de no producirse un acuerdo conciliatorio entre las partes, se da inicio a la generación de la orden de inspección para la fiscalización respectiva. c) A efectos del examen médico ocupacional de retiro, se aplica lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias. – El incumplimiento total o parcial de los pagos contemplados en el Plan de recuperación constituye una infracción muy grave. firmado digitalmente por: empresa peruana de servicios editoriales editora peru fecha: 07:47:10 el peruano domingo 10 de mayo de 2020 normas legales decreto 4.1 Tratándose de las comunicaciones entre las organizaciones sindicales y empleadores/as tales como la comunicación de la nómina de junta directiva y los cambios que en ella se produzcan, la comunicación de la renuncia o expulsión de miembros del sindicato, la solicitud de retención de las cuotas sindicales, la presentación del pliego para el inicio de la negociación colectiva y la comunicación de servicios mínimos en caso de huelga, regulados en el literal d) del artículo 10, artículo 25, artículo 26, artículo 28, artículo 53 y artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2003-TR, entre otros supuestos previstos en la referida norma y demás supuestos en que sea necesario, que no puedan realizarse por vías presenciales, las partes emplean el correo electrónico, u otro medio de comunicación digital que acuerden, siempre que el medio utilizado garantice la constancia de la emisión de la comunicación y un adecuado y razonable acceso por parte del/de la destinatario/a. c) Permisos temporales durante la jornada de trabajo, sujetos a compensación posterior de horas. D. Leg. 1529: Nuevas reglas para los depósitos bancarios, validez de pago y remuneraciones. 11.2 La medida cautelar de cierre del área o establecimiento, tiene vigencia hasta que finalice el Estado de Emergencia Nacional, declarado por Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, y demás normas aclaratorias y ampliatorias. 3.2 La función de conciliación administrativa es desarrollada por personal que integra el Sistema de Inspección del Trabajo y que cuenta con los requisitos establecidos en el Reglamento, el cual guarda la debida reserva sobre la información obtenida en el ejercicio directo de la función de conciliación administrativa. c) Promoción e incentivo de la formalización laboral. © 2010 – 2022 Grupo Contable., sociedad anónima cerrada (“GC”), es una firma peruana de consultoría y GC Business School su escuela de educación ejecutiva. La oportunidad de la compensación es acordada entre la entidad pública o el/la empleador/a y el/la servidor/a civil o trabajador/a. – Para el ejercicio de las facilidades laborales se requiere que el trabajador sea el único a cargo del cuidado y sostén del familiar directo. 19.2 Para dicho efecto, las entidades públicas se encuentran autorizadas a suscribir acuerdos con los/as trabajadores/as obreros/as que desarrollan labores de construcción civil para establecer las condiciones, modo y oportunidad de la compensación de horas posterior a la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, declarado por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y demás normas aclaratorias y ampliatorias, excepto con aquellos/as trabajadores/as que opten por otro mecanismo compensatorio. Que, de conformidad con el numeral 5 del artículo 2 de la Ley Nº 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, el Congreso de la República delega en el Poder Ejecutivo, por el plazo de cuarenta y cinco días calendario, la facultad de legislar en materia de trabajo y promoción del empleo, con la finalidad de garantizar y fiscalizar la protección de los derechos sociolaborales de los/as trabajadores/as en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19, se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario, por la existencia del COVID-19; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, se dispuso el aislamiento social obligatorio por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19. Reducción de la jornada de trabajo, sujeta a compensación posterior. b) Objetividad, en razón de las cuales toda actuación de la Inspección del trabajo se realiza sobre la base de una debida e imparcial evaluación de los hechos y fundamentos de derecho, evitando apreciaciones subjetivas. El Recurso de revisión es de carácter excepcional y se interpone ante la autoridad que resolvió en segunda instancia a efectos que lo eleve al Tribunal de Fiscalización Laboral. 17.1 Los/as servidores civiles y trabajadores/as que están a cargo del cuidado y sostén de familiares directos no hospitalizados que cuentan con diagnóstico de COVID-19, comunican a la entidad pública o al/a la empleador/a dentro de las cuarenta y ocho horas previas al ejercicio de la/s facilidades laboral/es, adjuntando la constancia o certificado médico suscritos por el/la profesional de la salud autorizado/a, con el que se acredite el diagnóstico de COVID-19 del familiar directo, cuyo uso cuenta con la autorización del/de la titular de los datos personales, y las razones que justifican su pedido para ejercer alguna/s de las facilidades laborales reguladas en el artículo 16 de la presente norma. Nos parece que tienen que reglamentar este caso Urgente. Con fecha 10 de Mayo de 2020, se emitió el Decreto Legislativo Nº 1499, Decreto Legislativo que establece diversas Medidas para Garantizar y Fiscalizar la Protección de los Derechos Socio Laborales de los/as trabajadores/as en el marco de la Emergencia Sanitaria por el COVID - 19. En el marco de sus funciones y competencias como autoridad central e integrante del Sistema de Inspección del Trabajo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL dispone y realiza acciones de prevención, difusión normativa, así como de asesoría especializada, para lo cual puede recurrir al uso de sistemas de comunicación electrónica, a través de las tecnologías de la información y comunicación. – Tratándose de actos propios de la actividad sindical que deben ser comunicados a la Autoridad Administrativa de Trabajo o que constituyen un requisito o condición de un procedimiento administrativo ante dicha autoridad, el acta que recoge la realización de dicho acto sindical puede ser reemplazada por una declaración jurada del secretario general o de quien se encuentre facultado según el estatuto de la organización sindical o de los delegados de los trabajadores, según corresponda, en la que conste los nombres, apellidos y el número de documento de identidad de los participantes en aquel acto, así como la adopción de la decisión correspondiente. – Las auditorías al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo no resultan exigibles durante la Emergencia Sanitaria para todos los sectores económicos. La oportunidad de la compensación es acordada entre la entidad pública o el/la empleador/a y el/la servidor/a civil o trabajador/a. Artículo 21.- Prohibición de discriminación. Artículo 20.- Obligación de pago de las remuneraciones y beneficios sociales a través de las entidades del sistema financiero. endobj
Obras bajo administración directa de entidades públicas. – El empleador está obligado a extender una boleta de pago que es firmada por el trabajador del hogar, a quien debe entregársele una copia. Asimismo, se considera a las niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores, sujetas a tutela, curatela o que cuenten con apoyos designados, según corresponda. Los suscriptores pueden acceder a una representación visual de un caso y sus relaciones con otros casos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil veinte. 4 0 obj
El presente Decreto Legislativo tiene por objeto establecer diversas medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos sociolaborales de los/as trabajadores/as de la actividad … El Reglamento determina las demás condiciones para el ejercicio de los recursos administrativos.”, Única.- Derogatoria del último párrafo del artículo 11 y el literal b) del artículo 6 de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo. – Las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias de la Inspección del Trabajo son diligencias previas al procedimiento sancionador en materia sociolaboral, cuyo inicio y desarrollo se rige por lo dispuesto en las normas sobre Inspección del Trabajo, pueden desarrollarse de manera presencial y/o a través de medios de sistemas de comunicación electrónica, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación (virtual). No cabe la licencia sin goce de haberes. b. Resolver interrogantes de los ciudadanos sobre los expedientes de inspección y las normas legales de aplicación. Scribd es red social de lectura y publicación más importante del mundo. El Poder Ejecutivo estableció mediante Decreto Legislativo 1499, que todo pago de remuneraciones y beneficios laborales de los trabajadores del sector público y privado se hará … <>
Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los/as administrados/as deben consignar en su primera comunicación a la Autoridad Administrativa de Trabajo una dirección electrónica para ser notificados a través de ese medio. 7.3 El/la empleador/a se obliga al cumplimiento de su Plan de Capacitaciones en forma virtual haciendo uso de los diferentes medios o herramientas tecnológicas. la Ley Nº 31011, Ley que delega en el … 6.1 Durante la Emergencia Sanitaria, el tratamiento de los exámenes médicos ocupacionales que corresponde realizar a los/as servidores/as civiles y trabajadores/as de los sectores público y privado, respectivamente, dispuesto en el artículo 49 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, opera de la siguiente manera: a) Se suspende la realización de exámenes médicos pre ocupacionales en las actividades calificadas de alto riesgo, debiéndose realizar únicamente a aquellos/as trabajadores/as que no cuentan con un examen médico ocupacional efectuado en el último año por un centro o servicio médico ocupacional autorizado. Para la emisión, remisión y conservación de documentos en materia laboral, los/as empleadores/as y trabajadores/as pueden hacer uso de tecnologías de la digitalización, información y comunicación para la sustitución de documentos físicos y firmas ológrafas, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa. – La función de conciliación es desarrollada por personal que integra el Sistema de Inspección del Trabajo y que cuenta con la acreditación de conciliador, el cual guarda la debida reserva sobre la información obtenida en el ejercicio directo de la función de conciliación. Estas acciones son realizadas por el personal que la autoridad inspectiva de trabajo competente designe. – El monto de la remuneración de los/as trabajadores/as del hogar, en cualquiera de sus modalidades, es establecido por acuerdo libre de las partes. – Con la suscripción del Plan de recuperación, la Autoridad Inspectiva de Trabajo se inhibe de continuar con las acciones de fiscalización y sanción relacionadas con las obligaciones sociolaborales comprendidas en el referido documento. – El pago realizado fuera del sistema financiero se presume no realizado, salvo prueba en contrario; sin perjuicio de la multa. Virtualidad y libertad sindical: Las implicancias del Decreto legislativo N° 1499 en los actos sindicales y el surgimiento del necesario rediseño Estatutario. 21.2 La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral dispone las acciones necesarias a efectos de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral anterior y sancionar su incumplimiento de conformidad con la normativa vigente en la materia. 21.1 Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, de Emergencia Sanitaria y de las fases de Reactivación Económica, está prohibido todo acto de discriminación, directa o indirecta, en materia de empleo y ocupación. Las capacitaciones presenciales a las que se refiere el artículo 35 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el trabajo, se aplican únicamente en los siguientes supuestos durante la Emergencia Sanitaria: a) Al momento de la contratación cualquiera sea la modalidad o duración; y, b) Cuando se produzca cambios en la función, puesto de trabajo o en la tipología de la tarea o actividad a realizar por el/la trabajador/a. – Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, de Emergencia Sanitaria y de las fases de Reactivación Económica, está prohibido todo acto de discriminación, directa o indirecta, en materia de empleo y ocupación. Presidente del Directorio: Hugo David Aguirre Castañeda, Gerente General: Carlos Alonso Vásquez Lazo. En relación a los exámenes médicos ocupacionales, durante la Emergencia Sanitaria, opera de la siguiente manera: Lo señalado en el presente artículo no exime al/a la empleador/a de su obligación de ejecutar la vigilancia de la salud de los/as trabajadores/as atendiendo a los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud mediante la Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA y sus normas complementarias, así como otras obligaciones aplicables contempladas en la normativa vigente de seguridad y salud en el trabajo. MEDIDAS RELATIVAS A LA GARANTÍA DE PAGO A LOS/AS TRABAJADORES/AS, Artículo 19.- Aplicación de licencias con goce de haber en caso de obras bajo administración directa de entidades públicas. Artículo 16.- Facilidades laborales para el/la servidor/a civil o trabajador/a en caso de tener familiares directos que cuentan con diagnóstico de COVID-19 o que son grupo de riesgo ante un posible contagio de COVID-19 y que en ambos casos no se encuentran hospitalizados. 5.3 Los conceptos descritos en el párrafo anterior no forman parte integrante de la remuneración del/a trabajador/a del hogar.”. También se establece la obligatoriedad de pago de remuneraciones y beneficios sociales a través del sistema financiero y la digitalización de diversos trámites y documentos laborales. El/la empleador/a se obliga al cumplimiento de su Plan de Capacitaciones en forma virtual haciendo uso de los diferentes medios o herramientas tecnológicas. 19.1 En el caso de la ejecución de obras públicas por administración directa, las entidades públicas otorgan una licencia con goce de haber a los/as trabajadores/as obreros/as que desarrollan labores de construcción civil, indistintamente de su régimen laboral, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del numeral 26.2 del artículo 26 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Dictan medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19 en la economía peruana. Objeto El presente Decreto Legislativo tiene por objeto establecer diversas medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos sociolaborales de los/as trabajadores/as … Al mismo tiempo también tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso. c. Efectuar labores de colaboración y auxilio durante las actuaciones inspectivas, bajo el ámbito de competencia del Inspector del Trabajo y Supervisor Inspector. Mesa de partes del Tribunal del Servicio Civil: Lunes a viernes de 08:30 a 16:30 horas (horario corrido) - Jr. Mariscal Miller 1157, Jesús María. 20.5 Autorízase al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral al uso de información generada por el sistema financiero a efectos de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 20.1 del presente artículo. Esto es aplicable a los/as delegados/as, y demás representantes de los/as trabajadores/as, según corresponda. Los beneficios obtenidos por los/as servidores/as civiles y trabajadores/as sobre facilidades laborales en caso de tener un familiar enfermo o en riesgo de contraer alguna enfermedad, por decisión unilateral o por convenio colectivo, con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables a lo dispuesto por éste. El otorgamiento de las facilidades laborales no implica, en ningún caso, la reducción de la remuneración y de los beneficios sociales. De manera excepcional, se considera a las personas con discapacidad a quienes se les haya nombrado curador/a. El presente Decreto Legislativo tiene por objeto establecer diversas medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos sociolaborales de los/as trabajadores/as de la actividad privada y de los/as servidores/as civiles del sector público en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada a nivel nacional mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19, en adelante, Emergencia Sanitaria. 20.1 Los/as empleadores/as abonan obligatoriamente las remuneraciones y beneficios sociales de sus trabajadores/as a través de las entidades del sistema financiero. Lo previsto en el presente Decreto Legislativo, sobre la conciliación administrativa en materia de inspección del trabajo, entra en vigencia a los ciento ochenta (180) días hábiles de publicada la presente norma. Las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias de la Inspección del Trabajo son diligencias previas al procedimiento sancionador en materia sociolaboral, cuyo inicio y desarrollo se rige por lo dispuesto en las normas sobre Inspección del Trabajo, pueden desarrollarse de manera presencial y/o a través de medios de sistemas de comunicación electrónica, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación (virtual). Es responsabilidad de cada parte mantener dicha dirección electrónica debidamente operativa y en funcionamiento. La Sunafil verifica su cumplimiento y sanciona de ser el caso. La oportunidad de compensación es acordada entre el trabajador y el empleador. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS, Primera.- Modificación de diversos artículos de la Ley N° 27986, Ley de los Trabajadores del Hogar. La elección de la facilidad se definirá mediante acuerdo con el empleador; a falta de acuerdo, el trabajador elige de acuerdo con las opciones propuestas por el empleador. Constancia o certificado médico suscritos por el/la profesional de la salud autorizado/a, con el que se acredite el diagnóstico de COVID-19 del familiar directo, cuyo uso cuenta con la autorización del/de la titular de los datos personales, y las razones que justifican su pedido para ejercer alguna/s de las facilidades laborales. Objetividad, en razón de las cual toda actuación de la inspección del trabajo se realiza sobre la base de una debida e imparcial evaluación de los hechos y fundamentos de derecho, evitando apreciaciones subjetivas. Política de Privacidad – Información sobre cookies – Términos Legales, Conozca los efectos tributarios y laborales del nuevo valor de la UIT para el 2023, La norma antielusiva general y los esquemas de alto riesgo fiscal, Sunafil: Sancionar al trabajador sin sus descargos es hostilidad, Establecen nuevas condiciones para justificar el incremento patrimonial, Reglas para el depósito de la CTS de noviembre próximo. © Copyright 2022. Conoce aquí dónde pasar la revisión técnica vehicular, Beca 18: Conoce los requisitos para postular por una de las primeras 2,000 becas [video], Alberto Otárola: Gobierno declara inmovilización social obligatoria en Puno por tres días, Por segundo año consecutivo, universidades lideran solicitudes de patentes de invención, Puno: turba en Juliaca ataca e incendia patrullero esta madrugada, ¡Bicampeona Mundial! 1499 regula a la conciliación administrativa laboral de carácter obligatorio solo antes del inicio de la fiscalización laboral, dejando de lado los nexos de … Se suspende la realización de exámenes médicos ocupacionales periódicos y se prorroga automáticamente la vigencia de aquellos que hayan vencido o estén por vencer durante la Emergencia Sanitaria. En relación al uso de tecnologías de la digitalización, información y comunicación para la sustitución de documentos físicos, a la vigencia de los exámenes médicos ocupacionales, a la auditorías a la Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, las capacitaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo y la prórroga de la vigencia de los comités de seguridad y salud en el trabajo. English English Spanish Tercera.- Notificación electrónica obligatoria durante la Emergencia Sanitaria. El domingo 10 de mayo fue publicado el Decreto Legislativo N° 1499, el cual establece diversas medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos de los trabajadores durante la Emergencia Sanitaria. 16.3 Para el ejercicio de las facilidades laborales se requiere que el/la servidora civil o trabajador/a sea el único a cargo del cuidado y sostén del familiar directo que cuenta con diagnóstico de COVID-19 o que es parte del grupo de riesgo ante un posible contagio de COVID-19 y que no se encuentra hospitalizado. Decreto Legislativo que fortalece los alcances de la Telesalud. Decreto Legislativo N° 1459. 11.1 En el desarrollo de las funciones de inspección en el sector privado, los inspectores del trabajo que estén debidamente acreditados, están investidos de autoridad y facultados para imponer la medida cautelar de cierre del área o establecimiento en caso verifiquen que el sujeto inspeccionado pueda estar incurriendo en la infracción muy grave en materia laboral prevista en el literal a) de la Novena Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2006-TR, que fue incorporada por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 010-2020-TR. +51 964 961 001 +51 958 254 927; informes@ilssafework.com; Horario: Lunes – Sábado - 8:30am – 5:30pm Se considera como parte de las acciones previas al inicio de las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias, la aplicación del módulo de gestión de cumplimiento; así como, la figura de la conciliación a cargo del personal que integra el Sistema de Inspección del Trabajo y que se encuentra debidamente acreditado como conciliador. En relación a las capacitaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, se dispone: Sobre los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo: Facilidades Laborales para Servidores que tengan Familiares Con Diagnóstico De Covid-19 o en el grupo de riesgo. Las disposiciones del presente Capítulo también resultan aplicables a las relaciones laborales del Servicio Civil del Sector Público, en cuanto corresponda. 15.3 Grupo de riesgo ante un posible contagio de COVID-19: el que se encuentra así definido en el documento técnico denominado “Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de Personas Afectadas por COVID-19 en el Perú”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 193-2020-MINSA y sus normas modificatorias. d. Brindar apoyo a los directivos y responsables del Sistema de Inspección en las labores que dispongan. Las mypes pueden acogerse hasta el 31 de diciembre del 2020, detalló el viceministro. En el caso de la representación laboral en las Empresas que están en concurso como se puede realizar las elecciones si se dice que tiene que ser secreto y sobre todo con bastante control. 13.2 Mediante resolución de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral se establecen y regulan las medidas complementarias a fin de dar efecto a lo dispuesto en el párrafo precedente, en el plazo máximo de quince días hábiles posteriores a la publicación de la presente norma. – La Inspección del Trabajo, previo al inicio de las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias, puede practicar diligencias preliminares para obtener el cumplimiento de la obligación objeto de la investigación, ya sea de forma presencial y/o a través de medios de sistemas de comunicación electrónica, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación (virtual), según sea el caso y cuando corresponda. Esta disposición entrará en vigencia cuando se reglamente el Decreto Legislativo 1499. La Inspección del Trabajo, previo al inicio de las actuaciones inspectivas de investigación o comprobatorias, puede practicar diligencias preliminares para obtener el cumplimiento de la obligación objeto de la investigación, ya sea de forma presencial y/o a través de sistemas de comunicación electrónica, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación (virtual), según sea el caso y cuando corresponda. 3.3 El contrato de trabajo del hogar se registra por el/a empleador/a o por el/la propio/a trabajador/a del hogar en el aplicativo web que aprueba el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. La norma detalla que la aplicación de dicha obligación será gradual y que se sujetará a las normas reglamentarias que emita el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Los recursos administrativos del procedimiento administrativo sancionador son aquellos previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. Los Inspectores Auxiliares están facultados para ejercer las siguientes funciones: a. Funciones inspectivas de vigilancia y control de las normas, cuando las materias a ser inspeccionadas no revistan complejidad. MEDIDAS QUE FACILITAN LAS COMUNICACIONES Y GESTIONES PROPIAS DE LAS RELACIONES INDIVIDUALES Y COLECTIVAS DE TRABAJO, Artículo 2.- Facilidades para la emisión, remisión y conservación de documentos en materia laboral. "También se suspende la realización de exámenes médicos pre-ocupacionales en las actividades de alto riesgo", mencionó. Queda proscrito segregar a espacios exclusivos a quienes trabajan en el marco de la presente ley. 7.1 Las capacitaciones presenciales a las que se refiere el artículo 35 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el trabajo, se aplican únicamente en los siguientes supuestos durante la Emergencia Sanitaria: a) Al momento de la contratación cualquiera sea la modalidad o duración; y. b) Cuando se produzca cambios en la función, puesto de trabajo o en la tipología de la tarea o actividad a realizar por el/la trabajador/a. Se suspende la realización de exámenes médicos pre ocupacionales en las actividades calificadas de alto riesgo, debiéndose realizar únicamente a aquellos/as trabajadores/as que no cuentan con un examen médico ocupacional efectuado en el último año por un centro o servicio médico ocupacional autorizado. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1499 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: Que, de conformidad con el numeral 5 del artículo 2 de la Ley Nº 31011, Ley que delega en el Poder … Prórroga temporal de la vigencia del mandato de los/as representantes de los/as trabajadores/as ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y del/de la Supervisor/a de Seguridad y Salud en el Trabajo, si durante la Emergencia Sanitaria no resulta posible la organización del proceso de elección de los/as representantes de los/as trabajadores/as ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mandato vigente de los representantes de los trabajadores que son parte del Comité de Seguridad o del/de la Supervisor/a de Seguridad y Salud en el Trabajo se prorroga automáticamente hasta el término de la Emergencia Sanitaria.
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